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Sistemas de extracción

TRGS 900 y lubricantes refrigerantes

Primer plano de un proceso de mecanizado de metales: broca con suministro de lubricante refrigerante a través de una boquilla; virutas y emulsión en la pieza de trabajo

Los límites de exposición ocupacional especificados en la norma TRGS 900 se consideran promedios por turno, basados ​​en una exposición de ocho horas durante cinco días laborables a la semana a lo largo de la vida laboral de una persona. Para las empresas metalúrgicas, estos límites constituyen la base legal para evaluar la calidad del aire en las máquinas herramienta y las líneas de producción, cuyo cumplimiento se garantiza en la práctica mediante sistemas industriales de extracción y filtración .

¿Qué regula la norma TRGS 900 en lo que respecta a los lubricantes refrigerantes?

La norma TRGS 900 (Reglas técnicas para sustancias peligrosas) especifica la concentración de una sustancia en el aire del lugar de trabajo a partir de la cual no cabe esperar daños agudos o crónicos para la salud.

El Comité de Sustancias Peligrosas (AGS) elabora y actualiza periódicamente esta norma técnica de acuerdo con el estado actual del conocimiento científico. En el caso de los lubricantes refrigerantes, la lista de valores límite abarca específicamente los productos de aceite mineral, las mezclas de hidrocarburos y sus aditivos.

La normativa distingue entre límites de exposición ocupacional específicos para compuestos definidos con precisión y el límite general de polvo para partículas no reguladas. Ambas categorías son relevantes para evaluar las emisiones de lubricantes refrigerantes, ya que estos pueden presentarse en el aire del lugar de trabajo tanto en forma de vapores como de aerosoles.

La Ordenanza sobre Sustancias Peligrosas (GefStoffV) proporciona el marco jurídico general, mientras que la norma TRGS 900, como norma técnica más específica, describe el estado de la técnica. Los empleadores deben garantizar y documentar el cumplimiento de estos valores límite cuando trabajen con lubricantes refrigerantes.

Límites de exposición laboral relevantes para lubricantes refrigerantes

En lo que respecta a lubricantes refrigerantes, la norma TRGS 900 contiene varias entradas relevantes. Los aceites minerales altamente refinados tienen un límite de exposición ocupacional de 5 mg/m³ para la fracción respirable. Este requisito se aplica directamente a los aceites de corte y a los productos de aceite de rectificado no miscibles en agua.

Las mezclas de hidrocarburos que se utilizan como disolventes en las formulaciones de fluidos para el trabajo de metales están sujetas al RCP (Procedimiento basado en el cálculo recíproco) según la sección 2.9 de la TRGS 900.

El valor límite de la mezcla se calcula en función de la composición utilizando los siguientes valores límite de grupo:

  • Compuestos alifáticos C6-C8: 700 mg/m³
  • Compuestos alifáticos C9-C14: 300 mg/m³
  • Aromáticos C9-C14: 50 mg/m³

Para los fluidos de mecanizado miscibles en agua, la atención se centra en los emulsionantes, los inhibidores de corrosión y los biocidas. Las etanolaminas, como el 2,2′-iminodietanol (dietanolamina), por ejemplo, tienen un límite de exposición personal (PEL) de 0,5 mg/m³ con una nota sobre la absorción dérmica. El Reglamento DGUV 109-003 complementa estos requisitos específicos para cada sustancia con un valor objetivo de 10 mg/m³ para la exposición total por aerosol y vapor de fluidos de mecanizado miscibles en agua. Para mantenerse por debajo de este valor objetivo, las empresas metalúrgicas instalan separadores de neblina de aceite directamente en las máquinas CNC y las líneas de producción.

Valor límite general de polvo para aerosoles de fluidos para el trabajo de metales

El valor límite general de polvo (ASGW) de TRGS 900 protege contra el deterioro inespecífico del sistema respiratorio causado por partículas. Los valores límite son de 1,25 mg/m³ para la fracción respirable (polvo A) y de 10 mg/m³ para la fracción inhalable (polvo E), calculados como promedios por turno.

Sin embargo, el ASGW (Valor Límite Aceptable) se aplica solo de forma limitada a los aerosoles de lubricantes refrigerantes. La sección 2.4 de la TRGS 900 (Reglas Técnicas para Sustancias Peligrosas) excluye explícitamente los aerosoles de pintura de su aplicación. Para los aerosoles que contienen aceite procedentes del trabajo de metales, los expertos comprueban primero si existen valores límite específicos para los componentes que contienen.

Se aplica una consideración especial a las sustancias que pueden existir simultáneamente como vapor y aerosol. La norma TRGS 900, sección 2.10, estipula que para sustancias con una presión de vapor entre 0,001 Pa y 100 Pa, siempre debe evaluarse la suma de ambas fases. Los lubricantes refrigerantes con puntos de ebullición entre 180 °C y 350 °C suelen pertenecer a esta categoría. Por lo tanto, el muestreo debe capturar tanto la fase gaseosa como la condensada. Los separadores de aerosoles multietapa capturan ambas fases y logran concentraciones de polvo residual inferiores a 1 mg/m³.

Medición y control de valores límite

La determinación de las concentraciones de sustancias en el aire del lugar de trabajo se realiza según la norma TRGS 402 «Determinación y evaluación de riesgos durante actividades que implican sustancias peligrosas: Exposición por inhalación». Para la medición de aerosoles de lubricantes refrigerantes, se dispone de métodos validados del IFA (Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo de la DGUV).

Las designaciones E y A en la lista de valores límite de TRGS 900 se refieren a la fracción de polvo que se va a medir:

  • E (fracción inhalable): Partículas de hasta aproximadamente 100 µm que se inhalan por la boca y la nariz.
  • A (fracción respirable): Partículas de tamaño inferior a aproximadamente 10 µm que pueden penetrar en los alvéolos pulmonares.

Para la neblina de aceite procedente de procesos de mecanizado, se recomienda la determinación gravimétrica de la fracción inhalable según la norma DIN EN 481. El índice de evaluación, según la norma TRGS 402, relaciona la concentración medida con el límite de exposición profesional. Un índice de evaluación inferior a 1 indica el cumplimiento del valor límite. Los valores superiores a este valor requieren medidas de protección adicionales, generalmente la extracción de la neblina de aceite y emulsión directamente en la fuente.

Valores a corto plazo y factores de superación

Los límites de exposición ocupacional especificados en la norma TRGS 900 se refieren al promedio ponderado en el tiempo de un turno de trabajo. La normativa limita los picos de concentración durante la jornada laboral mediante límites a corto plazo con factores de superación definidos.

La TRGS 900 distingue dos categorías para los valores a corto plazo:

  • La categoría I incluye sustancias con efectos locales en las vías respiratorias o con potencial sensibilizante. El límite de exposición a corto plazo (SEL) no debe exceder los 15 minutos. Para las sustancias con indicación de SEL instantáneo (símbolo “=”), el SEL se aplica en cualquier momento dado.
  • La categoría II comprende sustancias con efectos predominantemente sistémicos (de absorción). El factor de excedencia básico es 2. Para estas sustancias, se permiten períodos de excedencia más prolongados siempre que el producto del factor y la duración se mantenga constante; por ejemplo, un factor de 4 durante 30 minutos en lugar de un factor de 8 durante 15 minutos.

Para aceites minerales y mezclas de hidrocarburos procedentes de lubricantes refrigerantes, en la categoría II se suele aplicar un factor de excedencia de 4. Se permite un máximo de cuatro fases de valor a corto plazo por turno, con un intervalo de al menos una hora entre fases.

Sustancias absorbidas por la piel y riesgos adicionales

La norma TRGS 900 designa con la letra H las sustancias que pueden absorberse a través de la piel. Para estas sustancias, el mero cumplimiento del valor límite en el aire no es suficiente para la protección de la salud. Debe evitarse el contacto de la piel con la sustancia peligrosa mediante medidas de higiene organizativas y laborales.

Varios compuestos presentes en los lubricantes refrigerantes llevan la marca H: las etanolaminas, ciertos inhibidores de la corrosión y los biocidas pueden ser absorbidos por el organismo a través de la piel. La norma TRGS 401, «Riesgos por contacto con la piel», especifica las medidas de protección necesarias en caso de contacto dérmico.

La norma TRGS 900 clasifica las sustancias sensibilizantes como Sa (sensibilizante respiratorio) o Sh (sensibilizante cutáneo). Para estas sustancias, no se pueden establecer valores umbral científicamente definidos para desencadenar una reacción alérgica ni para la sensibilización en sí. Por lo tanto, la concentración debe mantenerse lo más baja posible.

Implementación práctica en el lugar de trabajo

El cumplimiento de la norma TRGS 900 exige un concepto de seguridad en varias etapas al trabajar con lubricantes refrigerantes. Las pruebas de sustitución son fundamentales: ¿Es posible reemplazar los componentes más peligrosos del lubricante refrigerante por otros menos peligrosos?

Las medidas técnicas para la reducción de emisiones actúan directamente en la fuente. El encapsulamiento de las máquinas herramienta, la optimización del suministro de refrigerante y la instalación de sistemas de extracción reducen eficazmente la concentración de sustancias en el aire. Los dispositivos de captura, conforme a la norma VDI 3802 Parte 2, limitan la velocidad del aire en la sección transversal de captura a un máximo de 4 m/s para evitar la dispersión de gotas.

La medición periódica de las concentraciones en el lugar de trabajo documenta la eficacia de las medidas de protección implementadas. Si se superan los valores límite, deben agotarse las mejoras técnicas antes de utilizar el equipo de protección individual. Los resultados de las mediciones y las medidas adoptadas deben documentarse de conformidad con la Ordenanza sobre Sustancias Peligrosas y conservarse durante al menos tres años.

Cumpla con los límites de exposición en el lugar de trabajo: Tecnología de extracción eficaz de Kaweha.

La norma TRGS 900 define valores límite vinculantes para las emisiones de lubricantes refrigerantes, cuyo cumplimiento exige medidas técnicas de protección. Los sistemas de extracción capturan la neblina de aceite, los aerosoles y los vapores directamente en la fuente, antes de que los contaminantes se dispersen por toda el área de trabajo. Gracias a la tecnología de separación multietapa, los separadores de neblina de aceite de KAWEHA filtran más del 99,99 % de las partículas en suspensión.

El sistema móvil Oilmaster Mini R ST/M, con caudales de 600 a 1500 m³/h, es ideal para máquinas CNC pequeñas. Las grandes naves de producción se benefician del sistema fijo Oilmaster OM R, que ofrece una capacidad de extracción de hasta 100 000 m³/h. Ambos sistemas contribuyen al cumplimiento de los límites de exposición laboral según la norma TRGS 900 mediante la captura eficiente de las emisiones del refrigerante.

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2 de febrero de 2026